Publicada en boja ORDEN de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la Orden de 8 de
junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal
funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho
personal.
Más información aquí.
Según la misma, se introducen
de manera efectiva "importantísimas mejoras" (algunas de las cuales ya
tuvimos en su día y sin embargo nos las venden como si nos
estuvieran haciendo el mayor de los favores):
1.- Se adapta la orden
de interinos a lo que dice nuevo Decreto 311 que sustituye al D302 y
por tanto todas las bolsas de todas las especialidades y cuerpos pasan a
ser ordenadas por puro tiempo de servicio (obviamente, los que tienen
tiempo trabajado).
2.- Se establece la posibilidad de 'retorno' si
una persona decide revertir la decisión de cuando renunció a una o
varias bolsas y pasó el tiempo a una de ellas.
3.- Se alarga el plazo hasta el 30 de junio de 2015 para presentar el B2 antes de ser expulsados de las bolsas bilingües. Mientras tanto se pasa a la situación de "no disponible" o "durmiente" en esa bolsa.
4.- La adjudicación de destinos por puro tiempo de servicio no se verá
alterada por el Plan de Calidad. Desaparece por tanto el derecho
preferente para los interinos participantes en el Plan de Calidad.
5.- Se establece la posibilidad de intercambio puesto a puesto o "permutas" entre interinos.
6.- Se establece por primera vez que aquellas personas que en
Colocación de Efectivos aleguen enfermedad grave o incapacidad de
familiar con el que conviva para no obtener plaza, puedan solicitar la
reincorporación como "disponibles" y obtener plaza a mitad de curso,
cuando esa enfermedad grave o incapacidad desaparezca.
7.- Si
cuando te oferten una vacante sobrevenida estás en periodo de Licencia
por Maternidad o baja maternal, cuando se pase la baja tú te incorporas a
esa vacante y, además, el tiempo transcurrido te cuenta como trabajado a
efectos de ordenación en bolsa.
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