martes, 11 de junio de 2013

ANDALUCÍA > Regulación Bolsas de Interinos


Publicada en boja ORDEN de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.

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Según la misma, se introducen de manera efectiva "importantísimas mejoras" (algunas de las cuales ya tuvimos en su día y sin embargo nos las venden como si nos estuvieran haciendo el mayor de los favores):
1.- Se adapta la orden de interinos a lo que dice nuevo Decreto 311 que sustituye al D302 y por tanto todas las bolsas de todas las especialidades y cuerpos pasan a ser ordenadas por puro tiempo de servicio (obviamente, los que tienen tiempo trabajado).
2.- Se establece la posibilidad de 'retorno' si una persona decide revertir la decisión de cuando renunció a una o varias bolsas y pasó el tiempo a una de ellas.
3.- Se alarga el plazo hasta el 30 de junio de 2015 para presentar el B2 antes de ser expulsados de las bolsas bilingües. Mientras tanto se pasa a la situación de "no disponible" o "durmiente" en esa bolsa.
4.- La adjudicación de destinos por puro tiempo de servicio no se verá alterada por el Plan de Calidad. Desaparece por tanto el derecho preferente para los interinos participantes en el Plan de Calidad.
5.- Se establece la posibilidad de intercambio puesto a puesto o "permutas" entre interinos.
6.- Se establece por primera vez que aquellas personas que en Colocación de Efectivos aleguen enfermedad grave o incapacidad de familiar con el que conviva para no obtener plaza, puedan solicitar la reincorporación como "disponibles" y obtener plaza a mitad de curso, cuando esa enfermedad grave o incapacidad desaparezca.
7.- Si cuando te oferten una vacante sobrevenida estás en periodo de Licencia por Maternidad o baja maternal, cuando se pase la baja tú te incorporas a esa vacante y, además, el tiempo transcurrido te cuenta como trabajado a efectos de ordenación en bolsa.

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